La transición hacia la facturación electrónica dejó de ser un proceso reservado para grandes empresas. Comercios, profesionales y otros contribuyentes dominicanos incluidos dentro del calendario de implementación deben prestar atención a sus obligaciones, especialmente a medida que vencen los plazos establecidos para incorporarse al sistema.
La Ley 32-23 convirtió la factura electrónica en obligatoria para las personas físicas y jurídicas domiciliadas en República Dominicana que realizan operaciones sujetas a emisión de comprobantes fiscales. La entrada al sistema, sin embargo, fue organizada por etapas según la clasificación de cada contribuyente.
La DGII concedió una prórroga para los contribuyentes de menor tamaño
El último grupo contemplado originalmente por el calendario legal debía completar su incorporación antes del 15 de mayo de 2026. Posteriormente, la Dirección General de Impuestos Internos otorgó una prórroga administrativa excepcional de seis meses para micro, pequeñas y medianas empresas y contribuyentes no clasificados.
La extensión se aplicó automáticamente, sin necesidad de que cada contribuyente presentara una solicitud individual. Esto significa que quienes pertenecen a ese grupo deben verificar su clasificación y confirmar cuál es su fecha efectiva de cumplimiento antes de asumir que todavía disponen de tiempo adicional.
La obligación no consiste simplemente en enviar una factura por correo electrónico. El contribuyente debe completar el proceso requerido para convertirse en emisor electrónico y utilizar comprobantes fiscales electrónicos bajo los estándares establecidos por la administración tributaria.
Las sanciones no son un monto único ni se aplican automáticamente en su nivel máximo
Uno de los puntos que más preocupación ha generado es la posibilidad de multas. El marco tributario contempla para determinados incumplimientos de deberes formales sanciones que pueden oscilar entre cinco y treinta salarios mínimos, dependiendo de la infracción y de las circunstancias evaluadas por la administración tributaria.
Por esa razón, no resulta correcto afirmar que cualquier negocio que no haya completado inmediatamente la facturación electrónica recibirá de manera automática una multa de treinta salarios mínimos. La sanción aplicable depende del incumplimiento identificado y del procedimiento correspondiente.
Además de las multas, la legislación tributaria contempla sanciones accesorias en determinadas situaciones. La DGII ha advertido que, una vez agotados los plazos otorgados, los contribuyentes obligados que no hayan completado la implementación pueden incurrir en las infracciones previstas por la normativa de facturación electrónica.
Qué deberían revisar ahora los negocios y profesionales
Antes de tomar decisiones apresuradas, cada contribuyente debe verificar su clasificación ante la DGII, confirmar si está obligado a emitir comprobantes electrónicos y conocer la fecha que le corresponde dentro del calendario. También resulta importante determinar si su sistema administrativo actual puede adaptarse al esquema de e-CF o si necesita una solución tecnológica adicional.
La facturación electrónica forma parte del proceso de modernización de la administración tributaria y busca estandarizar la información, reducir el uso de documentos físicos y facilitar los procesos fiscales. Para negocios pequeños y profesionales independientes, el reto inmediato está en completar la transición sin esperar hasta que el incumplimiento se convierta en un problema tributario.
Por qué importa
La facturación electrónica modifica una parte fundamental de la relación entre los contribuyentes y la DGII. Comprender quién está obligado, cuál es el plazo aplicable y cómo funcionan realmente las sanciones permite evitar alarmas innecesarias, pero también previene que negocios y profesionales ignoren una obligación que ya forma parte del sistema tributario dominicano.
Trabajo editorial de Medio De Voz
Redacción Medio De Voz revisó, verificó y reorganizó la información disponible para elaborar una publicación periodística original con estructura, enfoque y contexto editorial propios. El contenido fue editado conforme a los estándares de calidad del medio, priorizando la precisión, la claridad y el valor informativo para los lectores. Redacción, revisión y aprobación: Redacción Medio De Voz.



