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Pridah Suero cuestiona hasta dónde puede cambiarse la calificación de un delito sin una base legal expresa

La abogada Pridah Suero abrió un debate sobre los límites que impone el principio de legalidad cuando se determina la calificación jurídica de una conducta. Su planteamiento pone el foco en la tipicidad, la seguridad jurídica y la prohibición de extender una norma penal más allá de los supuestos establecidos por la ley.

Pridah Suero aparece hablando frente a un micrófono durante una intervención sobre interpretación y aplicación de las normas penales.

¿Hasta dónde puede llegar la interpretación jurídica cuando está en juego la calificación penal de una conducta? Esa pregunta quedó sobre la mesa tras una intervención de la abogada Pridah Suero en el programa El Rumbo de la Mañana, donde cuestionó la posibilidad de modificar la tipificación de un delito cuando no existe, a su juicio, un sustento legal que permita hacerlo.

El planteamiento toca uno de los límites fundamentales del derecho penal: una persona no puede ser castigada por una conducta mediante una figura creada o ampliada únicamente por interpretación. Para determinar responsabilidad penal, el comportamiento atribuido debe corresponder con los elementos que la legislación establece para el delito aplicable.

La discusión está en la tipicidad

La tipicidad exige que los hechos encajen en una conducta previamente descrita por la norma penal. Eso significa que no basta con considerar que determinado comportamiento resulta reprochable; también debe existir una disposición que defina los elementos necesarios para atribuirle una consecuencia penal.

La jurisprudencia dominicana ha desarrollado este principio señalando que las normas penales deben ser previas, claras y estrictas. También ha establecido límites al uso de analogías cuando estas terminan ampliando una norma penal en perjuicio de una persona sometida a un proceso.

Esto no significa que una calificación jurídica nunca pueda variar durante un proceso. Los hechos, las pruebas y la figura legal aplicable pueden ser objeto de discusión entre las partes y los tribunales. La cuestión planteada por Suero apunta a otra cosa: que cualquier modificación debe permanecer dentro de los límites establecidos por la legislación y respetar las garantías propias del proceso penal.

Un límite frente al poder de castigar

El principio de legalidad funciona precisamente como una garantía frente al poder punitivo del Estado. Su propósito es que las personas puedan conocer qué conductas están prohibidas y qué consecuencias contempla la ley, evitando que una prohibición penal sea creada después de ocurrido el hecho o extendida mediante interpretaciones que excedan su contenido.

La discusión planteada en el espacio radial adquiere relevancia porque la forma en que se califica jurídicamente un hecho puede modificar las consecuencias que enfrenta una persona dentro de un proceso. Por eso, distinguir entre interpretación jurídica y creación de una nueva conducta punible resulta esencial.

Sin conocer el expediente o caso específico al que pudiera referirse la intervención, no corresponde concluir que una autoridad haya actuado de manera ilegal. La declaración de Suero debe entenderse como un planteamiento jurídico sobre los límites que deben respetarse al aplicar una figura penal.

Por qué importa

La tipificación de un delito no es únicamente una cuestión de términos jurídicos: determina bajo qué norma será evaluada una conducta y cuáles pueden ser sus consecuencias. El debate planteado por Pridah Suero recuerda que la aplicación del derecho penal debe mantenerse dentro de reglas previamente establecidas, tanto para garantizar seguridad jurídica como para proteger el debido proceso.

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