SANTO DOMINGO.- El pleno de la 2da Sala Penal de la Corte de Apelación del DN manifestó inadmisible el recurso de apelación para la variación de la medida de coerción interpuesto por el mayor general Adán Cáceres Silvestre, uno de los principales acusados por el Ministerio Público en el proceso por corrupción administrativa de las operaciones Coral y Coral 5G.
En ese orden, la coordinadora de Litigación de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), procuradora de corte Mirna Ortiz, manifestó a los medios de comunicación que la decisión de los jueces está basada en que la defensa del exdirector del Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep) interpuso el recurso fuera del plazo establecido por la legislación.
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“En el día de hoy el inculpado Adán Cáceres procuraba que le fuera modificada la medida de coerción que pesa en su contra, consistente en apresamiento domiciliario y uso de un localizador electrónico; sin embargo, sus abogados interpusieron este recurso fuera de los plazos procesales, y, por tanto, a solicitud del Ministerio Público, el tribunal manifestó inadmisible el recurso de apelación, por lo que se sostienen las medidas de coerción que hasta el momento pesan acerca de este”, expresó Ortiz.
Recordó que el Código Procesal Penal establece en los procesos ordinarios un plazo de 10 días y expresó que, como este es un caso complejo, se duplican los plazos, que son 20 días. “Son días que se deben contar de manera corrida, o sea, que todos los días calendarios cuentan a los fines del cómputo de este plazo”.
“A juicio nuestro, no han variado ningunos de los presupuestos que originaron esta medida de coerción, incluso, una medida de coerción que le fue variada de prisión preventiva a apresamiento domiciliario y no podemos olvidar el rango que ostenta el señor Adán Cáceres en un proceso en el que la mayor parte de los testigos son militares con rango inferior al que este tiene, por lo tanto, para salvaguardar el proceso, el juicio que se lleva en su contra y que estos testigos puedan alcanzar a manifestar en un juicio, es necesario que se mantenga en toda su parte la medida que pesa acerca de este”, expresó al valorar la decisión que sostiene la medida de coerción impuesta al procesado.
Expresó que frente a una sentencia como las que ellos saben que se avecina, pueden pretender desvirtuar las pruebas, sobresaliendo que una de esas pruebas, son los testigos.
Unido a Ortiz representaron al órgano acusador los fiscales Jonathan Elías Pérez y Arolin Lemos.
El 6 de diciembre del año 2021, Cáceres Silvestre fue favorecido con prisión domiciliaria por el Sexto Juzgado de la Instrucción del DN.
Cáceres Silvestre, quien era jefe del Cusep mientras los gobiernos del expresidente Danilo Medina, es inculpado como cabecilla de un entramado de corrupción que operó a partir esa institución, con ramificaciones en el Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur) y el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani).
Tambien de Cáceres Silvestre, el Ministerio Público culpa en este expediente a la pastora evangélica Rossy Guzmán Sánchez, al cabo policial Tanner Antonio Flete Guzmán (hijo de la religiosa), al coronel policial Rafael Núñez de Aza y al sargento de la Armada Alejandro José Montero Cruz.
En tanto, en la Operación Coral 5G, derivada de Coral, están los generales Juan Carlos Torres Robiou (FARD), Boanerges Reyes Batista (ARD) y Julio Camilo de los Santos Viola (FARD), así como el capitán de navío (ARD) Franklin Mata Flores y José Manuel Rosario Pirón.
En el caso también están acusados Carlos Lantigua, Alfredo Pichardo, Erasmo Roger Pérez, Jehohanan Lucía Rodríguez, Yehudy Blandesmil Guzmán y Esmeralda Ortega Polanco.
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